PROPÓSITO
Establecer la normativa para que los estudiantes puedan cambiar de adscripción de un
Instituto a otro, dentro de las Instituciones adscritas al TecNM.
GENERALIDADES
- Se puede realizar un número indeterminado de traslados entre las Instituciones
adscritas al TecNM, inclusive si regresa a un Instituto en el que haya estado adscrito
previamente, siempre y cuando el estudiante logre terminar su carrera dentro del
periodo reglamentario de 12 semestres. - Cuando el estudiante solicite su traslado a un plan de estudios diferente, se otorga
por una única ocasión de acuerdo con lineamiento vigente referente a la
convalidación de estudios. - El estudiante que cause baja definitiva por reprobación de curso especial o no logre
terminar su carrera dentro del periodo reglamentario de 12 semestres, puede solicitar
su reingreso por única ocasión al mismo plan de estudios, en otro Instituto que lo
oferte, reconociéndole sólo las asignaturas acreditadas y recalculando su semestre,
obligado a concluir el plan de estudios en la Institución receptora en un máximo de
12 semestres, sin oportunidad de solicitar traslado o convalidación. Para facilitar el
seguimiento de los estudiantes en esta condición, el Departamento de Servicios
Escolares le antepondrá la letra “B” al número de control.
PROCEDIMIENTO
- El estudiante presenta la solicitud de traslado (Anexo II) y el kárdex o constancia de
calificaciones actualizada ante la Jefatura de División de Estudios del Tecnológico de
origen, previo al periodo de reinscripción del Instituto receptor. - La Jefatura de División de Estudios Profesionales del Instituto de origen revisa que
el estudiante solicitante no tenga adeudos (material de laboratorios, libros, etc.) y
cumpla con los requisitos: - Existencia del plan de estudios solicitado.
- Disponibilidad de asignaturas y de capacidad.
- Las fechas establecidas para el trámite.
- De cumplirse todos los requisitos y haber obtenido el oficio de aceptación, la División
de Estudios Profesionales de origen informa al estudiante que su oficio fue aceptado
y que puede proceder su traslado al Instituto receptor. - El Departamento de Servicios Escolares del Instituto de origen, integra y envía el
expediente en sobre cerrado y sellado al Departamento de Servicios Escolares del
Instituto receptor, conteniendo únicamente los siguientes documentos: - 1. kárdex o constancia de calificaciones actualizada
- 2. Constancia de no inconveniencia (Anexo IV)
- 3. Constancias de acreditación de actividades complementarias o servicio
social cuando procedan - El estudiante se debe presentar en el Instituto Tecnológico Receptor, a el área de
servicios escolares, para hacer entrega de los documentos para completar su
expediente. - 1. Copia Certificada de acta de nacimiento (Los extranjeros, deberán
presentar la documentación que acredite la calidad migratoria con que se
encuentra en territorio nacional de acuerdo con la legislación aplicable). - 2. Antecedentes académicos que acrediten que el interesado concluyó el
nivel inmediato anterior a los estudios que se pretendan equiparar, es
decir, certificado de nivel medio superior.
El expediente completo del estudiante es integrado en el Instituto receptor al
momento de la inscripción solicitando los documentos necesarios al estudiante.